CIRCULAR
Estimado asociado/a,
Les informamos que el BOE de hoy, 27 de enero, publica Orden INT/35/2022, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Puede consultar la publicación en el siguiente enlace.
Vigencia
Esta orden tiene vigencia hasta el 28 de febrero de 2022
Modificación de la lista de países
En correspondencia con la modificación de la Recomendación del Consejo, se suprime a Argentina, Australia y Canadá del listado de terceros países. Por lo tanto, la nueva lista de terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores en los términos recogidos en esta orden es la siguiente:
Estados:
1. Baréin.
2. Chile.
3. Colombia.
4. Indonesia.
5. Kuwait.
6. Nueva Zelanda.
7. Perú.
8. Qatar.
9. Ruanda.
10. Arabia Saudí.
11. Corea del Sur.
12. Emiratos Árabes Unidos.
13. Uruguay.
14. China.
Regiones administrativas especiales de la República Popular China:
RAE de Hong Kong.
RAE de Macao.
Entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro de la Unión Europea:
Taiwán