CIRCULAR
Estimado asociado/a,
Le informamos que el BOE del lunes 28 de febrero, publica la Orden INT/120/2022, de 25 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Puede consultar la publicación en el siguiente enlace.
Se añade una nueva exención (apartado K) a los criterios aplicables para denegar la entrada por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 por el cual las personas que cumplan estos requisitos:
Art. 1.1
k) Personas provistas de un certificado de vacunación o de recuperación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias. Personas de 12 años o más y menores de 18 que, en caso de no disponer de una pauta de vacunación válida, presenten una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular-NAAT (RT-PCR o similar) del SARS-CoV-2 con resultado negativo realizada 72 horas antes de la llegada, previa comprobación por las autoridades sanitarias. Personas menores de 12 años.