CIRCULAR
Estimado asociado/a,
Damos traslado de información de interés sobre la publicación el BOE de diferentes medidas que afectan al turismo y que nos remiten desde CEHAT.
Publicación en el BOE de diferentes medidas que afectan al Turismo
Estimados asociados,
Recibimos del Departamento de Turismo, Cultura y Deporte, de CEOE, la siguiente circular que os reenviamos para vuestra información:
El BOE del pasado sábado 18 de diciembre publica la Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2021, por el que se modifica el Acuerdo de 15 de junio de 2021, por el que se establece el funcionamiento del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la COVID-19, F.C.P.J. Dicha resolución la pueden consultar en el siguiente Enlace. Fue el pasado día 11 donde les dábamos los detalles de la resolución:
1. ¿A quién benefician los nuevos criterios de elegibilidad? Las modificaciones beneficiarán no solo a las nuevas solicitudes que se realicen, sino a las solicitudes ya presentadas y que, siguiendo los criterios anteriores, no pudieron acceder a la financiación.
2. ¿Cuál es el objetivo de las modificaciones? El objetivo final es apoyar y dar financiación al mayor número de empresas que se hayan visto afectadas por la pandemia con el objetivo de que puedan volver a la senda del beneficio y de la rentabilidad.
3. ¿Cuáles son las modificaciones más importantes?
a) Se rebaja a 10 millones de euros el importe mínimo de facturación de las empresas que pueden optar a este fondo, (anteriormente era 15M).
i. El rango de facturación es, por tanto, de entre 10 y 400 millones
b) Las empresas de más de 400M de facturación también podrán acceder al fondo siempre que no alcancen el importe de ayudas mínimo previsto en el fondo.
c) La nueva horquilla de ayudas del fondo se sitúa entre 2.5M y 25M
i. El importe máximo de la ayuda del fondo será el más favorable de:
1. Doble de los costes anuales del beneficiario en 2019 o el último año disponible
2. El 25% del volumen de negocios total de 2019 (los prestamos ICO COVID computan también como deuda ordinaria con ayuda estatal)
d) Se elimina el requisito de caída de la facturación del 20% en 2020 respecto 2019
e) Se permite la justificación del deterioro de la estructura de capital (patrimonio neto/deuda financiera neta) en base a la comparación del cierre del 2021 sobre el 2019.
f) Podrán ser beneficiarias del fondo las empresas consideradas en crisis al cierre del 2019 siempre que, en el momento de la solicitud de la ayuda, esta situación este revertida.
4. ¿Cómo afectan las modificaciones al destino de los fondos? se amplía el criterio por el cual no se podía destinar la financiación concedida a la amortización de intereses ordinarios siempre y cuando ello esté previsto en el plan de viabilidad presentado por la empresa solicitante. En ningún caso podrá destinarse el importe solicitado a amortizar anticipadamente las deudas de terceros acreedores.
5. ¿Cuáles serían otros detalles por conocer?
a) Las empresas seleccionadas podrán acceder a financiación entre los 2,5 y los 25 millones de euros (entre 2,5 millones y 15 millones pymes; entre 4 y 25 millones no pymes), que se materializarán a través de inversiones de carácter temporal en forma de participaciones en el capital social, préstamos participativos y otros instrumentos financieros.
b) La duración de la financiación será de ocho años máximo, si bien el espíritu del Fondo busca una rápida amortización de las inversiones una vez estabilizada la situación de las compañías objeto del apoyo del FONREC y cada caso será analizado de manera individual.
En el siguiente enlace pueden consultar la guía de solicitud y en este otro enlace tienen acceso al registro.
Otras publicaciones de interés, para el sector de La Palma y, publicadas en el BOE del pasado sábado día 18 son:
— Real Decreto-ley 28/2021, de 17 de diciembre, por el que se adoptan medidas complementarias de carácter urgente para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma. Enlace.
— Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife). Enlace.
Por su parte el BOE publicado hoy, 20 de diciembre, expone:
— País Vasco. Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de Euskadi. Enlace,
— Andalucía.
o Ley 6/2021, de 15 de noviembre, de medidas para la renovación y modernización de los establecimientos de alojamiento turístico. Enlace.
o Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía. Enlace.