CIRCULAR
Estimado/a asociado/a,
Por considerarlo de interés para nuestros asociados, remitimos información jurídica sobre las últimas novedades sobre la modificación del RD 933/2021 que nos remiten desde CEHAT.
Últimas novedades modificación RD 933/2021
Estimados asociados:
Como bien sabéis, CEHAT, tanto de forma directa, como en grupos de trabajo conjuntos con el ministerio de Interior y otros implicados en la norma, ha venido trabajando de forma muy activa para que el “famoso” Decreto 933/21 no afectara a la operativa hotelera, de tal manera que hiciera imposible su cumplimiento.
En una redacción inicial, los responsables del ministerio de Interior, intentaron aumentar la información propiciada por todos los actores del sector turístico bajo el paraguas de la idea de mejorar la seguridad del Estado. Sin embargo, el redactado inicial, que no fue consultado al sector hotelero, a nuestro juicio ponía tal dificultad de aplicación que iba a hacer imposible que nuestro sector, el que se supone ha propiciado los datos, pudiera plantearlo. Al mismo tiempo, ya en su inicio aplaudíamos el hecho de que las Viviendas de Uso Turístico, tuvieran que proporcionar datos, pues es un hecho que no se podía producir la asimetría que se venía produciendo, cuando hay un número superior de plazas en el mercado de las viviendas turísticas, que del resto del alojamiento reglado.
Como habéis sido paulatinamente informados, hemos tenido una permanente y profunda relación con el ministerio de Turismo, que siempre ha apoyado nuestras reivindicaciones y fruto de ello, fueron modificaciones tales como los sucesivos aplazamientos de la entrada en vigor del Decreto o bajar el nivel de exigencia de los datos a cumplimentar.
Es por ello, por lo que os remitimos un borrador de modificación que nos ha enviado el ministerio del Interior , en el que observamos los siguientes puntos:
1º.- Se amplía la fecha de adaptación hasta el 1 de octubre de 2024.
2º.- En los datos a proporcionar por los hoteleros o similares, solo facilitar aquellos que aparecen en el documento de identidad o pasaporte (que es lo que CEHAT venía reivindicando) con la excepción del teléfono y el número de viajeros menores de edad que acompañen a un adulto teniendo que indicar la relación del adulto con el menor. Esta parte es la que tenemos que seguir reivindicando que no haya que hacerla para poder escanear documentos de forma automática.
3º. En el documento que os remitimos como anexo, no nos queda claro si los datos de la transacción económica afecta solo a las viviendas de uso turístico o también a los hoteles donde aparecen las reservas, datos de pago, etc.
Dado el lugar donde figura en el anexo y que aparece mencionada la vivienda turística en su redacción, y que se refiere a las Viviendas de Uso Turístico en exclusiva, puesto que ya explicamos a los responsables del ministerio de Interior que los hoteles tienen registrados los datos en contabilidad y pueden ser consultado permanentemente por las autoridades todos los datos económicos de los viajeros, cuando así se requiera con la consabida prudencia y bajo el amparo de las normativas fiscales y de protección de datos, cosa que no ocurre en la mayoría de las viviendas.
En conclusión, creemos que una gran parte de las reivindicaciones de CEHAT aparecen plasmadas en este anexo que os remitimos y os rogamos hagáis vuestras consideraciones en un plazo máximo de 7 días para poder compilarlas y remitírselas al ministerio.
CEHAT INFORMA