CIRCULAR
04
ABR
2025
OTRAS ENTIDADES - CEOE/NORMATIVA: Entrada en vigor la reforma de la ley de propiedad horizontal - ley Orgánica 1/2025 (111/2025)
Estimado/a asociado/a,
Para su conocimiento, damos traslado de comunicado de CEOE Tenerife sobre la entrada en vigor la reforma de la ley de propiedad horizontal (ley Orgánica 1/2025).

Estimado Asociado,
Desde CEOE Nacional nos comunican que la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, que regula la instalación de viviendas de uso turístico en comunidades de propietarios, está contenida en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 25, de 29 de enero de 2025. Puede consultar el texto de la norma en el siguiente enlace.
BOE-A-2025-76 Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Esta ley modifica el apartado 3 del artículo 7 y el apartado 12 del artículo 17 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal siendo las siguientes las modificaciones especificas:
- Artículo 7.3: Se introduce un nuevo apartado que establece que los propietarios que deseen destinar su vivienda al alquiler turístico deben obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad de propietarios, conforme al artículo 17.12. Además, se faculta al presidente de la comunidad para requerir la cesación inmediata de actividades no autorizadas.
- Artículo 17.12: Se modifica para especificar que los acuerdos relacionados con el alquiler turístico requieren el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios y de las cuotas de participación. También se establece la posibilidad de imponer cuotas especiales de gastos comunes asociadas a estas actividades.
Estas modificaciones entrarán en vigor el 3 de abril de 2025, según lo establecido en la disposición final cuarta de la mencionada ley.
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