CIRCULAR
Estimado/a asociado/a,
Damos traslado de la convocatoria de ORDEN de 2 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular de establecimientos que realicen la actividad de alojamiento turístico en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, en el marco del Plan de Recuperación. Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU»
Orden convocatoria subvenciones proyectos eficiencia energética y economía circular
La finalidad de la subvención es conseguir una reducción del consumo de energía primaria no renovable en los establecimientos turísticos alojativos del 30% con respecto a la situación de partida, lo que se justificará mediante certificado de eficiencia energética del edificio antes del registro de la solicitud y certificado de eficiencia energética del edificio tras la reforma.
• Opción A: actuaciones en edificios completos cuyo uso sea el alojamiento turístico
• Opción B: actuaciones sobre un establecimiento de alojamiento turístico que ocupe parcialmente un edificio
Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas:
a) Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
b) Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las anteriores.
Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
c) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda, no considerándose elegible ningún coste relativo a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con anterioridad, sin perjuicio de los costes correspondientes a actuaciones preparatorias que sean necesarios para presentar la solicitud o llevar a cabo las correspondientes inversiones (proyecto, memorias técnicas, certificados, etc.) siempre que se hubieran iniciado con fecha posterior a 1 de enero de 2021.
El plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones desde el 03/01/2024 y hasta el 31/12/2024, no admitiéndose más solicitudes a partir de esa fecha.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión será de seis meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
Plazo de ejecución de las actuaciones: notificada la resolución de concesión al beneficiario, este dispondrá de un plazo
máximo de doce meses para la conclusión de las actuaciones.
Plazo de justificación de la subvención: plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo máximo para su ejecución.