CIRCULAR
13
JUN
2011
Circular nº 0269/2011: Presentación del nuevo portal de servicios de ASHOTEL
Estimado asociado:
Damos traslado de la siguiente información que nos envía la Cámara de Comercio para su conocimiento.
El pasado 1 de Junio, el Congreso de los Diputados convalidó el Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 108, de 6 de mayo de 2011, normativa que puede consultar, descargando el siguiente fichero:
El objetivo primordial de esta Ley es luchar sobre los negativos efectos del empleo sumergido, mediante la aprobación de un plan de medidas de distinta naturaleza dirigidas a propiciar la regularización del trabajo no declarado.
Entre las principales medidas de este Plan se encuentran:
– La sensibilización a la población de la gravedad de los perjuicios inherentes al empleo sumergido.
– Endurecimiento de las sanciones por el empleo sumergido a partir del 1 de agosto de 2011. A tal efecto pueden remitirse al cuadro de sanciones que se anexa.
– Apertura de períodos voluntarios de regularización voluntaria del empleo sumergido evitando mayores responsabilidades sancionadoras y acogerse a determinadas ventajas hasta el 31 de Julio de 2011.
– Nuevas medidas y obligaciones para el control de la economía irregular impuestas a las empresas que contraten o subcontraten servicios u obras de su propia actividad (comprobar que los trabajadores de las contratas y subcontratas están dados de alta en la Seguridad Social), excluyéndose la posibilidad de contratar con el sector público a las empresas que resulten sancionadas por infracción grave según esta norma.
– Endurecimiento de las sanciones por el empleo sumergido a partir del 1 de agosto de 2011. A tal efecto pueden remitirse al cuadro de sanciones que se anexa.
– Apertura de períodos voluntarios de regularización voluntaria del empleo sumergido evitando mayores responsabilidades sancionadoras y acogerse a determinadas ventajas hasta el 31 de Julio de 2011.
– Nuevas medidas y obligaciones para el control de la economía irregular impuestas a las empresas que contraten o subcontraten servicios u obras de su propia actividad (comprobar que los trabajadores de las contratas y subcontratas están dados de alta en la Seguridad Social), excluyéndose la posibilidad de contratar con el sector público a las empresas que resulten sancionadas por infracción grave según esta norma.
Puede obtener más información accediendo a los siguientes documentos:
Por último, en la disposición final primera de la Ley, se modifica la actual regulación de la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual introducida en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo. En concreto, se amplía tanto el objeto de la deducción, que ya no estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, como el colectivo de potenciales beneficiarios, al incrementarse el límite anual de base imponible para acceder a la misma de 53.007,20 a 71.007,20 euros anuales. Al mismo tiempo, se mejora la propia cuantía de la deducción, elevándose del 10 al 20 por ciento el porcentaje de deducción, y de 4.000 a 6.750 euros anuales, la base anual máxima de deducción. Igualmente, se incrementa de 12.000 a 20.000 euros anual la base acumulada de la deducción. La nueva regulación de la deducción resultará de aplicación a las obras que se realicen desde la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2012.
Atentamente,
ASHOTEL
<<< Volver Compartir























