SERVICIOS

RED CIDE: Nota aclaratoria circular 313/2026- Aplicación del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases (320/2026)

Nota aclaratoria sobre las nuevas obligaciones en materia de envases para hoteles y establecimientos de restauración (circular 313/2026)

Estimado/a asociado/a:

Desde el 12 de agosto de 2026 ha comenzado a aplicarse en la Unión Europea el Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases, que introduce de forma progresiva nuevas obligaciones orientadas a reducir residuos, mejorar la reciclabilidad de los envases y fomentar su reutilización.

Para los establecimientos hoteleros, restaurantes, bares y cafeterías, las principales implicaciones son las siguientes:
Desde agosto de 2026, conviene verificar con los proveedores que los envases en contacto con alimentos cumplen los nuevos límites establecidos para determinadas        sustancias PFAS  (sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas).
.  Los envases comercializados deberán ser progresivamente reciclables, aunque los criterios técnicos más exigentes se desarrollarán en los próximos años.
.  Los establecimientos que encarguen vasos, botellas, cajas, recipientes u otros envases personalizados con su propia marca deberán revisar si, a efectos del Reglamento,              pueden adquirir la consideración de fabricante, con las correspondientes obligaciones de conformidad, sostenibilidad y etiquetado.
A partir de 2028 se implantará progresivamente un nuevo sistema europeo armonizado de etiquetado de envases.
.  De cara a 2029, España deberá avanzar en los sistemas de depósito, devolución y retorno para determinados envases de bebidas, cuya aplicación concreta al sector dependerá del                    modelo que finalmente se establezca.
Desde el 1 de enero de 2030, se prohibirán determinados envases de plástico de un solo uso para alimentos y bebidas que se consuman dentro de los                                        establecimientos HORECA, incluidas terrazas, piscinas y otras zonas destinadas al consumo.
.  También desde 2030, determinados distribuidores finales de bebidas deberán garantizar que al menos un 10 % de su oferta esté disponible en envases reutilizables dentro de        un sistema de reutilización.

En este momento, no se exige una sustitución generalizada e inmediata de todos los envases utilizados por los establecimientos. La aplicación del Reglamento es progresiva y las obligaciones de mayor impacto operativo para el sector llegarán principalmente entre 2028 y 2030.

No obstante, se recomienda comenzar desde ahora a revisar los envases utilizados en restauración, buffets, eventos, piscinas, terrazas y servicios de comida para llevar, así como solicitar a los proveedores información sobre el cumplimiento de los nuevos requisitos.

Para cualquier aclaración adicional, los establecimientos pueden contactar con Ashotel Red CIDE.

Beatriz Nieto
Dpto. Innovación de Ashotel
redcide@ashotel.es

Compartir