NOTICIAS

18
NOV
2016
Ashotel trae a Tenerife a la fiscal de la Audiencia Nacional María Antonia Sanz para hablar de responsabilidad penal empresarial
La sesión será el 25 de noviembre en la Cámara de Comercio y analizará también con otros ponentes los programas de ‘compliance’, para prevenir riesgos penales corporativos
La Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro, Ashotel, organiza el próximo viernes, 25 de noviembre, una jornada que aborda la responsabilidad penal de las empresas y que contará con la intervención de María Antonia Sanz, fiscal de la Audiencia Nacional, coordinadora de las investigaciones sobre delitos económicos en el citado órgano jurisdiccional.
Con el nombre ‘La responsabilidad penal de las empresas: la visión del Ministerio Fiscal’, esta jornada cuenta con la colaboración de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, en cuyo salón de actos se celebra este encuentro desde las 9:30 horas, así como de la CEOE Tenerife y la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD).
La necesidad de implementar medidas de prevención para la lucha contra los delitos económicos, la corrupción y el fraude es el origen de la última reforma del Código Penal, en vigor desde diciembre de 2015, y que introduce los programas de ‘compliance penal’ para prevenir riesgos penales, después de que otra reforma anterior del citado Código, la de 2010, a través de la Ley Orgánica 5/2010, introdujera por primera vez la figura penal de la persona jurídica.
La bienvenida a esta jornada correrá a cargo del presidente de la patronal hotelera tinerfeña, Jorge Marichal, quien cederá la palabra al asesor jurídico de Ashotel y abogado del bufete Abogados Asociados, Antonio González-Casanova, quien hará una breve introducción a esta materia.
A continuación, Sanz ofrecerá una charla en la que explicará “el mecanismo legal por el que se puede hacer responsable a una corporación de los delitos cometidos por sus dirigentes o sus empleados no debidamente controlados”. La fiscal recuerda que antes de la reforma de 2010 las personas jurídicas (empresas) no eran responsables penales. “En algunos casos respondían civilmente (debían indemnizar) por los perjuicios económicos ocasionados por los delitos cometidos por las personas físicas en acciones vinculadas al tráfico ordinario de la empresa. Ahora que las corporaciones ya pueden ser responsables penales, pueden ser destinatarias de una sanción penal, se les puede imponer una pena”, explica.
Asimismo, María Antonia Sanz comentará en qué consisten, para qué sirven y qué requisitos debe reunir un programa de cumplimiento (‘compliance’) de una empresa para que sea eficaz. La falta de claridad con que el legislador ha dejado plasmada esta figura en el citado Código es una de las dudas que se formulan con cierta frecuencia los responsables jurídicos de las empresas. Ese programa de cumplimiento, añade Sanz, “viene a ser, si nos atenemos al artículo 31 del Código Penal, un modelo de organización y gestión que incluya las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos en las corporaciones, o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión”.
El ‘compliance penal’, sus mitos y realidades, serán analizados en la posterior mesa redonda a la que se incorporarán José Manuel Niederleytner, decano del Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife; y Vanesa Sánchez Wilhelm, fiscal de la Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife. Moderará Candelaria Robayna, abogada del bufete Abogados Asociados.
Aumento de delitos económicos
Actualmente existen muchos más procedimientos por delitos económicos relacionados con la corrupción, según Sanz, “no porque haya más infracciones de ese tipo que antes, sino porque ahora existen herramientas legales mejores y recursos personales más especializados que hacen posible que dichas conductas sean detectadas, afloradas, investigadas, enjuiciadas y, finalmente, en algún caso, castigadas penalmente”.
La fiscal considera que la autorregulación a cargo de las empresas puede ser eficaz para prevenir o minimizar la incidencia de los delitos en el contexto de las corporaciones “solo si es real y no una mera operación de maquillaje legal”. “Si la empresa adquiere un programa de cumplimiento, que por lo general es muy costoso, solo para cubrir el expediente y no lo implanta de verdad en su día a día, será difícil que dicho programa pueda exonerarla de responsabilidad penal en caso de que se cometa un delito que le sea atribuible a la corporación”, dice.
Sin embargo, añade, “si se implementa el programa de forma real, lo lógico es que dificulte mucho la posibilidad de que se cometan delitos atribuibles a la corporación, porque la consecuencia primera es que la política corporativa será claramente hostil con el delito”.
Sobre María Antonia Sanz
María Antonia Sanz Gaite es la fiscal encargada del Juzgado Central número 3 de Instrucción de la Audiencia Nacional y coordina las investigaciones sobre delitos económicos seguidas en la Fiscalía de este órgano jurisdiccional. Con anterioridad fue fiscal y teniente fiscal después de la Secretaría General de la Fiscalía General del Estado entre los años 2008 y 2012, coincidiendo con la etapa de fiscal general del Estado de Cándido Conde Pumpido, una época en la que se especializó en responsabilidad penal de las personas jurídicas.
<<< Volver Compartir