Casualmente, mi anterior post en este blog trataba de la venta de hoteles, y al final de esa entrada decía que en caso de no formalizarse la posible venta del hotel siempre estaba la opción de dar en gestión el establecimiento a una empresa con más estructura y posibilidades de mejora, pero no había comentado la opción del alquiler, donde las ventajas sobre un contrato de gestión son mayores para la propiedad.
Generalmente, en un contrato de alquiler, la empresa arrendataria y que va a llevar la nueva gestión subroga bajo su control el personal que trabajaba con la propiedad, quedando esta como receptora de una renta, que podrá ser fija o variable, así como responsable del pago del impuesto de bienes inmuebles, ya que la propiedad del hotel no se pierde. En condiciones normales siempre ha sido mejor para un propietario alquilar que dar en gestión, por el simple hecho de que puede dedicar sus esfuerzos a desarrollar otros negocios, recuperar su inversión de una manera más constante –por medio de la renta mensual–, y no dedicar todo su tiempo y esfuerzos para comercializar un hotel que en muchos casos es el único que posee.
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