NOTICIAS

El secretario general de CEOE Tenerife, Eduardo Bezares, entrega el documento final a Jorge Marichal, presidente de Ashotel.
26
MAR
2018
Ashotel implanta su manual de ‘compliance’ para prevenir riesgos penales corporativos
La patronal hotelera pondrá en marcha los protocolos recomendados por este documento oficial para dificultar al máximo la comisión de delitos en el seno de la organización
La Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro, Ashotel, recibió hace unos días su manual de ‘compliance penal’ (programa de cumplimiento normativo) en el que viene trabajando algún tiempo con la estrecha supervisión de su equipo jurídico, con el fin de prevenir la comisión de delitos que pudieran imputarse a la organización.
La necesidad de implementar medidas de prevención para la lucha contra los delitos económicos, la corrupción y el fraude es el origen de la última reforma del Código Penal, en vigor desde diciembre de 2015, y que introduce los programas de ‘compliance penal’ para prevenir riesgos penales, después de que otra reforma anterior del citado Código, la de 2010, a través de la Ley Orgánica 5/2010, introdujera por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Ashotel se ha mostrado muy interesada en la puesta en marcha de estos protocolos preventivos, después de que en noviembre de 2016 la fiscal de la Audiencia Nacional María Antonia Sanz Gaite, encargada del Juzgado Central número 3 de Instrucción de la Audiencia Nacional y coordinadora de las investigaciones sobre delitos económicos seguidas en la Fiscalía de este órgano jurisdiccional, impartiera una conferencia en la Cámara de Comercio organizada por Ashotel para analizar esta cuestión entre sus asociados y otros empresarios turísticos.
La elaboración de este manual, junto con el de otras organizaciones empresariales, se ha llevado a cabo de forma coordinada con CEOE Tenerife, cuyo secretario general, Eduardo Bezares, entregó hace unos días al presidente de Ashotel, Jorge Marichal, el documento final.
Los programas de cumplimiento normativo (‘compliance’) de una empresa u organización suponen, según establece la Ley, un modelo de organización y gestión que incluye las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos en las corporaciones, o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Ya en aquella conferencia impartida Sanz Gaite, esta aseguraba que la autorregulación a cargo de las empresas puede ser eficaz para prevenir o minimizar la incidencia de los delitos en el contexto de las corporaciones “solo si es real y no una mera operación de maquillaje legal”. Además, en aquella ocasión afirmó que “si la empresa adquiere un programa de cumplimiento, que por lo general es muy costoso, solo para cubrir el expediente y no lo implanta de verdad en su día a día, será difícil que dicho programa pueda exonerarla de responsabilidad penal en caso de que se cometa un delito que le sea atribuible a la corporación”. Sin embargo, añadió que “si se implementa el programa de forma real, lo lógico es que dificulte mucho la posibilidad de que se cometan delitos atribuibles a la corporación, porque la consecuencia primera es que la política corporativa será claramente hostil con el delito”.
Compromisos
El documento tiene un doble objetivo: por un lado, ayudar a todo el equipo técnico de Ashotel a cumplir las reglas, proporcionándoles una clara declaración de políticas y procedimientos; y, por otro, asistir al personal y al conjunto de personas con las que se relaciona profesionalmente la patronal en la identificación y corrección de cualquier violación real o percibida por ellos.
En este sentido, los técnicos de la Asociación deben sentirse personalmente responsables de la estricta aplicación de este plan; en este sentido, es de suma importancia que comprendan que la violación de las leyes puede ocasionar un grave perjuicio para la asociación y sus asociados. La asociación está comprometida con la gestión legal de su actividad y con las personas y entidades empresariales con las que se relaciona.
El Plan de Prevención de Delitos Penales incluye las políticas y los procedimientos generales que los empleados de la Asociación deben cumplir en orden a garantizar que sus comportamientos se ajusten a la legalidad vigente. Con el fin de facilitar el desarrollo e implantación del citado Plan, Ashotel tiene un responsable de cumplimiento (compliance officer) y un órgano de control representado por el presidente de Ashotel o cualquier otro miembro del Comité Ejecutivo en el cual delegue, además de un representante de su servicio jurídico.
El órgano de control y supervisión realizará las funciones de instrucción de las denuncias recibidas. Mientras, el comité de cumplimiento garantiza la confidencialidad a todos aquellos que utilicen los canales internos o externos establecidos para velar por la legalidad vigente, los valores y los principios de la Asociación que constan en el documento ‘Sistema de Gestión Ética en la intranet del grupo e internet’.
Finalmente, con fin de seguir el desarrollo e implantación del Plan de Prevención de Delitos Penales, se contará con comité de seguimiento.
<<< Volver Compartir