CIRCULAR
05
NOV
2025
OTRAS ENTIDADES - CEHAT: Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral (352/2025)
Estimado/a asociado/a,
Para su conocimiento, damos traslado de comunicado de CEHAT en el que se informa sobre el Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral.

ANTEPROYECTO DE LEY DEL ESTATUTO DE LAS PERSONAS EN FORMACIÓN PRÁCTICA NO LABORAL
Estimados asociados,
A continuación os remitimos un comunicado que nos hace llegar la CEOE, informando de que en la reunión del Consejo de Ministros celebrada ayer se dio luz verde al Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral, así como la autorización para su tramitación administrativa urgente.
Esta norma, conocida coloquialmente como Estatuto del Becario, tiene como objetivo delimitar las actividades formativas frente a las estrictamente laborales y establecer el régimen jurídico aplicable durante el tiempo en que las personas desarrollan esta actividad formativa en empresas, instituciones u organismos públicos o privados.
Las claves del nuevo Estatuto, según la nota de prensa publicada, son las siguientes:
- Ámbito de aplicación: Incluye los periodos de formación práctica vinculados a grados del sistema de FP, enseñanzas artísticas o deportivas, especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo y prácticas universitarias curriculares y extracurriculares.
- Garantías: Busca evitar figuras como la de los falsos becarios y promover la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso a estas prácticas.
- Condiciones: La formación en la empresa no supondrá relación laboral, siempre que se cumpla lo dispuesto en la norma. Las tareas deberán ajustarse al plan formativo individual y no podrán sustituir funciones propias de personas trabajadoras.
- Límites: Cada tutor podrá tener un máximo de cinco personas en formación, y el total de personas en prácticas no laborales no podrá superar el 20% de la plantilla.
- Derechos: Las personas en prácticas tendrán derecho a compensación de gastos, descanso y acceso a los servicios del centro de trabajo.
- Control: La Inspección de Trabajo tendrá acceso a la documentación y se prevén actuaciones inspectoras específicas.
Para más información, podéis consultar la nota de prensa del Consejo de Ministros.
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