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Estimado asociado:
Damos traslado de nota informativa jurídica de Tourism & Law para CEHAT sobre el quinto tramo de línea de avales para pequeñas y medianas empresas y autónomos:
NOTA INFORMATIVA DE T&L PARA CEHAT
QUINTO TRAMO DE LA LÍNEA DE AVALES PARA LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y AUTÓNOMOS AFECTADOS POR EL COVID-19
Jueves, 18 de junio de 2020
Se ha publicado Acuerdo del Consejo de Ministros el pasado día 17 de junio de 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial (ICO) a poner en marcha el quinto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19.
El consejo de Ministros acuerda aprobar con carácter inmediato la puesta en marcha del quinto tramo de línea de avales creada en el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, por un importe de 15.500 millones de euros. El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital avalará la financiación otorgada por entidades de crédito por un importe de 2.500 millones de euros a pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas, con el fin de paliar los efectos en su actividad como consecuencia del COVID-19. Los avales serán gestionados a través del Instituto de Crédito Oficial.
Las condiciones aplicables y requisitos para cumplir son los siguientes:
Todas las condiciones y términos previstos en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo, 10 de abril de 2020, 5 de mayo de 2020 y 19 de mayo de 2020, incluyendo sus anexos, se entenderán aplicables también a este tramo, no siendo necesarios trámites adicionales a este Acuerdo de Consejo de Ministros.
Adicionalmente se establecen las siguientes condiciones, que serán incorporadas al contrato marco que las entidades hayan formalizado con ICO.
El importe del quinto tramo de línea de avales será de hasta 2.500 millones de euros, para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y empresas.
Las empresas destinatarias serán Pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas que desarrollen su actividad en alguno de los CNAE indicados a continuación:
· 493 Otro transporte terrestre de pasajeros.
· 4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.
· 4932 Transporte por taxi.
· 4939 Otros tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
· 511 Transporte aéreo de pasajeros.
· 5110 Transporte aéreo de pasajeros.
· 5221 Actividades anexas al transporte terrestre.
· 5222 Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.
· 5223 Actividades anexas al transporte aéreo.
· 551 Hoteles y alojamientos similares.
· 5510 Hoteles y alojamientos similares.
· 552 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
· 5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
· 553 Camping y aparcamiento para caravanas.
· 5530 Campings y aparcamientos para caravanas.
· 559 Otros alojamientos.
· 5590 Otros alojamientos.
· 56 Servicios de comidas y bebidas.
· 561 Restaurantes y puestos de comidas.
· 5610 Restaurantes y puestos de comidas.
· 5621 Provisión de comidas preparadas para eventos.
· 5629 Otros servicios de comidas.
· 5630 Establecimientos de bebidas.
· 7711 Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.
· 7721 Alquiler de artículos de ocio y deportivos.
· 7734 Alquiler de medios de navegación.
· 7911 Actividades de las agencias de viajes.
· 7912 Actividades de los operadores turísticos.
· 799 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
· 7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
· 8230 Organización de convenciones y ferias de muestras.
· 8299 Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.
· 855 Otra educación.
· 8551 Educación deportiva y recreativa.
· 8552 Educación cultural.
· 8553 Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje.
· 8559 Otra educación n.c.o.p.
· 8560 Actividades auxiliares a la educación.
· 9004 Gestión de salas de espectáculos.
· 9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
· 9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento.
La cobertura del aval será de hasta el 80% del principal del préstamo, el importe nominal del préstamo a avalar no podrá superar 1.500.000 por empresa o autónomo. La finalidad de la financiación podrá ser además de la cobertura de las necesidades de liquidez, la financiación de los gastos o inversiones necesarios para la mejora, ampliación o adaptación de las instalaciones, equipos y servicios prestados por las pymes y autónomos.
El plazo de solicitud de los avales de este quinto tramo podrá solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020.
Desde TOURISM & LAW continuamos trabajando para informar de las ulteriores ayudas y medidas que sean aprobadas por el Gobierno.
El presente informe es de uso interno exclusivo para el cliente de T&L sin que pueda reproducirse, publicarse o divulgarse a terceros sin el consentimiento expreso de T&L.
Atentamente
ASHOTEL






















