CIRCULAR
Estimado/a asociado/a,
A finales del pasado mes de septiembre, el juzgado de lo social, nº7 de Santa Cruz de Tenerife publicó la aclaración de la sentencia dictada el día 2 de septiembre en el pleito de antigüedad formulado por UGT y CCOO. La aclaración fue solicitada por los dos sindicatos demandantes y también por el codemandado, Sindicalistas de Base.
La aclaración, que se puede consultar al final de esta circular, de forma resumida recoge los siguientes extremos:
1.- La sentencia solo declara nulo la parte del art. 36 que regula el denominado complemento de antigüedad. La otra parte del citado artículo, que regula el premio de vinculación, no se ha visto afectada por el alcance de la sentencia, puesto que no era objeto del pleito.
2.- Con respecto al complemento de antigüedad, la aclaración de sentencia establece que la declaración de nulidad determina la expulsión del vigente convenio de dicho complemento y, por tanto, permanece congelado mientras no se negocie entre las partes una nueva regulación del mismo. Es decir, el complemento de antigüedad queda congelado a fecha de 30 de junio de 2022, último día de vigencia del anterior convenio (2018 – 2022) sin poder incrementarse en los porcentajes recogidos en el vigente convenio 2022-2026.






















