CIRCULAR
Estimado asociado/a,
A continuación, extractamos los puntos clave:
1.- Esta Orden tiene por objeto establecer los requisitos técnicos, funcionales y de contenido que deben cumplir los sistemas y programas informáticos o electrónicos utilizados en los procesos de facturación de empresarios o profesionales, promoviendo su estandarización en concordancia con la normativa regulada en Real Decreto 1007/2023.
2.- En relación con VERI*FACTU, esté conectará los programas de facturación con la sede electrónica de la Agencia Tributaria. De este modo, los registros de facturación se envían de forma automática a Hacienda en el momento de su emisión, permitiendo a la administración realizar un seguimiento en tiempo real de la actividad económica de las empresas. Por esto, se presumirá que los sistemas informáticos que tengan consideración VERI*FACTU, cumplen con los requisitos y características establecidos en esta orden.
Saludos,
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