Estimado asociado:
Damos traslado de la siguiente información enviada desde CEHAT:
14ª NOTA INFORMATIVA
INSOLVENCIA THOMAS COOK AUSTRIA Y ALEMANIA
Estimados asociados,
Hemos tenido conocimiento a través de alguno de vosotros que aquéllos que han comunicado sus créditos a la dirección de los administradores concursales de THOMAS COOK AUSTRIA están recibiendo una carta para que dirijan dicha comunicación directamente a la dirección del Tribunal de lo Mercantil de Viena, cuyos datos son los siguientes:
HANDELSGERICHT WIEN
MARXERGASSE 1ª
1030 WIEN-AUSTRIA
Tal y como ya apuntábamos en nuestra 8ª Nota informativa sobre THOMAS COOK, en la misiva se recuerda la necesidad de designar una dirección en Austria a efecto de notificaciones, especificando que debe ser la de un abogado con facultad para operar en este país, o bien ir representado por alguna de las asociaciones de protección de créditos. Dichas asociaciones son las siguientes:
1) Kreditschutzverband von 1870-KSV Wagenseilgasse 7, 1120 Wien Teléfono: 0043 (0)50 1870-1000 Mail: ins.team.wien@ksv.at
2) Alpenländischer Kreditorenverband-AKV Schleifmühlgasse 2, 1040 Wien Teléfono: 0043 1 586 17 71 0 Mail: insolvenzwien@gkveuropa.at
3) Östereischischer Verband Creditreform-ÖVC Muthgasse 36-40, Bauteil 4, 1190 Wien Teléfono: 0043 1 2186 220 660 Mail:
office@insolvenz.creditreform.at
Recordad que en el caso de que los créditos contraídos sean con algunas de las sociedades que configuran THOMAS COOK ALEMANIA o SUIZA, la comunicación de sus créditos debe hacerse en los correspondientes procedimientos concursales, conforme a sus normas y plazos, sin que sea válida la comunicación de los créditos de estas sociedades al procedimiento concursal seguido en Austria.
Por otro lado, también hemos sabido que el Gobierno Alemán asumirá la deuda correspondiente a las pernoctaciones de los clientes que se encontraban en destino y que sobrepasa el límite económico existente en la póliza que asegura la responsabilidad en materia de viajes combinados del grupo THOMAS COOK ALEMANIA, la cual se había hecho cargo de estos supuestos.
Es de esperar que se establezca un procedimiento específico en estos casos; por ello, si el establecimiento hotelero ha iniciado algún tipo de reclamación frente a Zurich Seguros para el abono de dichas deudas habrá de estar a la respuesta que dé la compañía aseguradora, y, en caso de rechazo de siniestro por haber llegado al límite indemnizable de cobertura, comprobarlo para que pueda ser recuperado a través de esta nueva vía.
Estaremos atentos a cualquier otra noticia que en relación con este caso pueda resultar de vuestro interés.
Atentamente,
14ª NOTA INFORMATIVA
INSOLVENCIA THOMAS COOK AUSTRIA Y ALEMANIA
Estimados asociados,
Hemos tenido conocimiento a través de alguno de vosotros que aquéllos que han comunicado sus créditos a la dirección de los administradores concursales de THOMAS COOK AUSTRIA están recibiendo una carta para que dirijan dicha comunicación directamente a la dirección del Tribunal de lo Mercantil de Viena, cuyos datos son los siguientes:
HANDELSGERICHT WIEN
MARXERGASSE 1ª
1030 WIEN-AUSTRIA
Tal y como ya apuntábamos en nuestra 8ª Nota informativa sobre THOMAS COOK, en la misiva se recuerda la necesidad de designar una dirección en Austria a efecto de notificaciones, especificando que debe ser la de un abogado con facultad para operar en este país, o bien ir representado por alguna de las asociaciones de protección de créditos. Dichas asociaciones son las siguientes:
1) Kreditschutzverband von 1870-KSV Wagenseilgasse 7, 1120 Wien Teléfono: 0043 (0)50 1870-1000 Mail: ins.team.wien@ksv.at
2) Alpenländischer Kreditorenverband-AKV Schleifmühlgasse 2, 1040 Wien Teléfono: 0043 1 586 17 71 0 Mail: insolvenzwien@gkveuropa.at
3) Östereischischer Verband Creditreform-ÖVC Muthgasse 36-40, Bauteil 4, 1190 Wien Teléfono: 0043 1 2186 220 660 Mail:
office@insolvenz.creditreform.at
Recordad que en el caso de que los créditos contraídos sean con algunas de las sociedades que configuran THOMAS COOK ALEMANIA o SUIZA, la comunicación de sus créditos debe hacerse en los correspondientes procedimientos concursales, conforme a sus normas y plazos, sin que sea válida la comunicación de los créditos de estas sociedades al procedimiento concursal seguido en Austria.
Por otro lado, también hemos sabido que el Gobierno Alemán asumirá la deuda correspondiente a las pernoctaciones de los clientes que se encontraban en destino y que sobrepasa el límite económico existente en la póliza que asegura la responsabilidad en materia de viajes combinados del grupo THOMAS COOK ALEMANIA, la cual se había hecho cargo de estos supuestos.
Es de esperar que se establezca un procedimiento específico en estos casos; por ello, si el establecimiento hotelero ha iniciado algún tipo de reclamación frente a Zurich Seguros para el abono de dichas deudas habrá de estar a la respuesta que dé la compañía aseguradora, y, en caso de rechazo de siniestro por haber llegado al límite indemnizable de cobertura, comprobarlo para que pueda ser recuperado a través de esta nueva vía.
Estaremos atentos a cualquier otra noticia que en relación con este caso pueda resultar de vuestro interés.
Atentamente,
ASHOTEL





















