ARTÍCULO PERIÓDICO CEHAT SOBRE EL REAL DECRETO DE LA LEY DE VIAJES COMBINADOS
Siguiendo con la información que os venimos enviando desde la publicación en el BOE sobre la nueva legislación aprobada de viajes vinculados y, en concreto, del sector del alojamiento y transportes, os adjuntamos el siguiente link del periódico CEHAT, de diciembre 18, donde el abogado de Tourism&Law, Fernando de Llano, firma un interesante artículo que podéis encontrar en la página núm 8.
https://cehat.com/adjuntos/fichero_8895_20181210.pdf
El Proyecto de Ley por el que se modifica el Testo Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, va a suponer un cambio sustancial en la regulación de la venta de servicios turísticos vacacionales tanto para las Agencias de Viaje como muchas otras empresas que, fruto de las nuevas formas de contratación que nacen de la libertad de mercado y de las nuevas tecnologías están accediendo a un nuevo mercado adicional a la venta directa.
Los tres principales focos y los aspectos más generales que se ha marcado el legislador español al transponer la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y la justificación de este cambio normativo son el Mercado Europeo, el Consumidor y las Agencias de Viajes.
Desde la llamada normativa Bolkestein y la eliminación de trabas administrativas en la venta de servicios a los usuarios se hacía más que necesaria una armonización en la legislación de venta de servicios turísticos, lo cual pasa por fuerza por eliminar las disparidades que pudieran crear obstáculos en el mercado interior europeo por medio de una uniformidad que consolide el reconocimiento mutuo entre Estados de las garantías en protejan de la insolvencia empresarial a los consumidores y la cooperación administrativa activa entre los Estados. Ello enlaza, sin duda con la mayor protección para los consumidores. Y, como elemento enlazado el legislador español pretende proteger a las agencias de viaje del denunciado intrusismo que aquellas enarbolan en defensa de su nicho de mercado, amenazado por las nuevas formas de contratación electrónica por parte de las plataformas y empresas turísticas no dedicadas expresamente a la venta de servicios turísticos principales y/o adicionales que no les eran exclusivamente propios.
“En definitiva, podemos aventurar que quien no se adecue a las nuevas tecnologías en el sector turístico se quedará atrás, lo mismo le acontecerá a aquella empresa turística que no procure un buen asesoramiento jurídico pues la cuestión es harto compleja y no apta para abogados no especializados”. Termina afirmándonos Fernando de Llano en su artículo.
Atentamente,
ASHOTEL





















