CIRCULARES ASHOTEL: COVID-19 – Nº 74: Modelos de Declaración jurada de necesidad
Estimado asociado:
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Desde Ashotel hemos considerado conveniente realizar un borrador de una declaración jurada para que aquellos hoteles que se encuentren en la necesidad de aceptar clientes o huéspedes por razones de necesidad y causa mayor deberían presentar a esos clientes con el fin de tener una justificación ante las autoridades competentes, si llegado el caso, le exigiesen acreditar la razón y justificación de mantenerse abiertos y con personas hospedadas. pinche aquí
Adjunto les remitimos dicho modelo realizado por nuestro servicio jurídico que consideramos puede ser suficiente para la justificación que se precise, y también enviamos otro modelo que amablemente nos ha remitido Roberto Ucelay, y que está utilizando en su complejo incluido en la lista anexo de la Orden Ministerial TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias. pinche aquí
Es una medida preventiva en caso de que la autoridad competente, a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, le exijan que acredite en qué circunstancias tiene personas alojadas en el establecimiento.
En relación a lo antes indicado, copiamos una nota que nos acaba de remitir el Viceconsejero de Turismo en relación a los hoteles que permanecerán abiertos:
“Me consta que todos tenemos muchas incertidumbres respecto a la regulación y derechos y obligaciones para poder continuar abiertos. Sobre las múltiples cuestiones planteadas al Ministerio sobre aclaraciones críticas en relación a las dos órdenes de cierre publicadas, esta es la única recibida por escrito hoy, que paso a compartir:
" Con respecto a los turistas que no puedan regresar a su país de origen antes de mañana, 26 de marzo, efectivamente el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, limita la libertad de circulación de las personas y prevé una serie de excepciones “adicionalmente, puede haber personas que por razones de fuerza mayor o estado de necesidad necesiten asegurar alojamiento puntual con urgencia, como podrían ser turistas que no hayan podido retornar a sus lugares de origen en el plazo previsto en el apartado tercero de la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, personas que estén bajo un programa de atención humanitaria o cualquier otro programa para colectivos vulnerables y otros supuestos similares. En todos estos supuestos puede ser necesario utilizar alojamientos para las personas que deban desplazarse o que puedan necesitar asegurar alojamiento puntual con urgencia. En consecuencia, para garantizar su movilidad y seguridad en todo el territorio nacional, procede la declaración como servicio esencial de los alojamientos turísticos recogidos en el anexo de esta orden, así como permitir la prestación del servicio a los colectivos afectados (como es el caso de turistas que tengan que regresar después del 26) por el resto de los alojamientos turísticos, y permitir la prestación de otros servicios complementarios.”
Toda la información actualizada (normativa, guías para ERTES, notas informativas jurídico laboral, información a clientes y trabajadores, webs de interés, convocatorias de ayudas o recursos de formación on line) sobre el COVID 19 podrá encontrarla en www.ashotel.es o en este enlace.
Atentamente
ASHOTEL





















