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REGULACIÓN EUROPEA SOBRE LAS PLATAFORMASAclaración sobre el ámbito de aplicación del Reglamento P2B: cláusulas de paridad y condiciones determinadas unilateralmente
Estimados asociados,
Como ya os informábamos en nuestra anterior circular 022/19, que adjunto os reenviamos, el pasado 14 de febrero, las instituciones europeas llegaron a un acuerdo sobre el nuevo Reglamento sobre las relaciones de “plataforma a empresa”. Ahora, el COREPER (embajadores de las representaciones permanentes de los gobiernos nacionales en Bruselas) y el Comité del IMCO del Parlamento Europeo han adoptado el acuerdo alcanzado el 14 de febrero. El Reglamento está ahora sometido a una revisión lingüística, antes de ser presentado a la sesión plenaria de marzo o abril del Parlamento Europeo para la aceptación formal del texto definitivo, que va a ser seguido por la adopción formal del Consejo. Después de eso, el Reglamento será aceptado oficialmente y publicado en el diario oficial.
Ya que algunos diputados plantearon algunas preocupaciones en torno al reglamento aceptado, os explicamos los puntos que se indican a continuación en relación con el Reglamento acordado. (*)
Atentamente,
ASHOTEL
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